Un familiar directo es propietario hace años de una vivienda, en la cual la Comunidad estableció las cuotas a partes iguales entre todos los propietarios.Todas las viviendas tienen la misma superficie útil, a excepción de la suya que es sensiblemente inferior. Recientemente se ha realizado una derrama tambien a partes iguales. Puesto que la cuota no es la que la ley establece, nos gustaría saber la forma de reclamar a la comunidad que reintegre la parte de la derrama pagada de más y establecer las cuotas acordes a la Ley. Es posible solicitar el reembolso con caracter retroactivo de la diferencia de las cuotas pagadas de más? Tiene algún inconveniente el suspender el pago de las cuotas hasta que la Comunidad acuerde devolver dichas cantidades? Gracias anticipadas por la atención prestada.
El artículo 5 de la Ley de Propiedad Horizontal establece que para fijar las cuotas de participación de cada propietario en la Comunidad de Propietarios se tomara como base la superficie útil de cada piso o local en relación en relación con el total del inmueble, por lo que si hay un error debería modificarse. Hay un cuestión que puede plantear la Comunidad, la llamada doctrina de los actos propios, que supone que la persona que ha ocupado esa vivienda, cuando la adquirió tuvo conocimiento de los estatutos, en los que figuraba la cuota mal calculada, que la ha abonado durante años y que, aparentemente, no ha protestado formalmente por ello, lo que supone una aceptación contra la que no cabe, ahora habiendo pasado mucho tiempo, oponerse. Desde luego lo que no cabe es retrotraer los efectos de la modificación, si se produce.