El Fondo de Reserva se constituye, aparte del Presupuesto Ordinario, y por todos los comuneros, incluyendo plazas de garaje, trasteros, locales y todas las fincas que forman parte del edificio. No es necesario abrir una cuenta independiente con la recaudación del Fondo de Reserva, porque ello puede dificultar la pronta disposición del mismo en caso de urgente necesidad para atender a una reparación imprevista, y porque su dotación mínima del 5% del Presupuesto ordinario supone una cuantía mínima, casi testimonial, que no justifica que se tenga en cuenta aparte ni siquiera por la posible rentabilidad de su depósito.