Coarrendatarios: si uno se va, ¿quién paga su parte?

El inquilino que se marcha está obligado a pagar su parte hasta que venza el contrato, siempre que no se llegue a otro acuerdo.

Los alquileres comerciales e industriales no son los únicos en los que puede intervenir más de un inquilino. Este escenario también se repite en la vivienda. En los últimos años, la costumbre de alquilar un piso entre dos o más compañeros de estudios se ha extendido a otros grupos sociales y ha convertido el papel de coarrendatario en una figura común. Tanto es así, que arrendar un inmueble entre varias personas es una práctica cada vez más habitual en España, sobre todo, en viviendas urbanas y entre inquilinos jóvenes, ya sean estudiantes, trabajadores asalariados o profesionales autónomos. Gran parte de estos alquileres compartidos no están reflejados en los contratos, donde figura un solo inquilino que luego subarrienda las habitaciones o llega a acuerdos privados que no quedan registrados. La informalidad de algunos acuerdos, sumada a la falta de especificidad legal en este escenario, abona el terreno para sembrar toda clase de dudas al afrontar imprevistos, como determinar quién debe pagar la parte de un coarrendatario cuando éste se marcha antes de que venza el contrato. En este caso, en principio, quien se va debe pagar su parte hasta que venza el contrato, aunque depende del tipo de acuerdo firmado.