CONSEJO:
Los animales domésticos que ensucian las zonas comunes pueden ser un problema importante para la comunidad, si no se interviene a tiempo.
Aparte del administrador, debería comentárselo a otros vecinos y al presidente y solicitar que se incluya este tema como un punto del Orden del Dia de la próxima Junta, de acuerdo con elartículo 16.2 de la Ley de Propiedad Horizontal. También debería hacer fotos que puedan servir de prueba más adelante, e informarse en su Ayuntamiento sobre la posibilidad de denunciar esta práctica o solicitar una inspección sanitaria.
La actuación de su vecina puede clasificarse como actividad molesta y, posiblemente insalubre, con lo que podría aplicarse el artículo 7.2 y, después del apercibimiento del presidente y el acuerdo de la comunidad, denunciarla a los Tribunales.
También sería de aplicación el artículo 9.1, y la comunidad podría demandarla por daños en los elementos comunes.