Desde este lunes 22 ya se pueden celebrar juntas de propietarios, pero teniendo en cuenta las siguientes circunstancias:
➡Hasta el 5 de julio: podrán celebrarse juntas de propietarios siempre que no se supere el 60% del aforo permitido del lugar de celebración y con un límite máximo de 80 personas para lugares cerrados y de 800 personas tratándose de actividades al aire libre.
➡A partir del 6 de julio: el porcentaje se incrementará hasta el 75% con un límite de 300 personas sentadas para lugares cerrados y de 1.000 personas sentadas al aire libre.
➡Se deberá mantener la distancia de seguridad interpersonal de al menos 1,5 metros durante su celebración o, en su defecto, la utilización de medidas alternativas de protección física con uso de mascarilla.
➡Hasta el 5 de julio: podrán celebrarse juntas de propietarios siempre que no se supere el 60% del aforo permitido del lugar de celebración y con un límite máximo de 80 personas para lugares cerrados y de 800 personas tratándose de actividades al aire libre.
➡A partir del 6 de julio: el porcentaje se incrementará hasta el 75% con un límite de 300 personas sentadas para lugares cerrados y de 1.000 personas sentadas al aire libre.
➡Se deberá mantener la distancia de seguridad interpersonal de al menos 1,5 metros durante su celebración o, en su defecto, la utilización de medidas alternativas de protección física con uso de mascarilla.