Nuevos servicios y su implantación

Nuevos servicios y su implantación.

Como cliente de Legálitas se le ayudará a entender cómo se debe vetar un gasto pero, por nombrar unos ejemplos, algunas situaciones que se encontrará en una Reunión de Vecinos, por ejemplo servicios a los cuales a su parecer pueden ser o no necesarios para la comunidad.
En este caso hay que manifestar, lo siguiente:
1. - Si esos nuevos servicios no son necesarios para la conservación y seguridad del inmueble, no son exigibles a los propietarios los gastos de instalación, salvo que acuerden en Junta, en este caso, si la cuota de instalación del servicio, excediera de 3 mensualidades ordinarias de gastos comunes, el propietario disidente no está obligado a pagar. Por ejemplo, revestir el portal de mármol de carrara.
2. - Si el servicio es necesario, todos propietarios deben pagar en la medida legal establecida. Por ejemplo, verbigracia, instalación de un sistema eléctrico Desde Legálitas le aseguramos que usted, en la medida de lo posible, está en posición de rebatir cualquier gasto que se vaya a imputar a la Comunidad, y que en caso de duda llame a nuestros abogados para disipar cualquier duda que tenga al respecto.