¿Qué porcentaje de votos se necesitan para aprobar un acuerdo por la Junta de propietarios?

¿Qué porcentaje de votos se necesitan para aprobar un acuerdo por la Junta de propietarios?

Sólo se exige la unanimidad (que todos esten de acuerdo) cuando se vota para aprobar o modificar las reglas de la propiedad horizontal o de los estatutos de la comunidad.
- Se exige el voto a favor de las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación: para poner o quitar los servicios del ascensor, portería, conserjería, vigilancia u otros servicios comunes de interés general, incluso cuando supongan que se modifique el título constitutivo o los estatutos.
- Se exige el voto a favor de la mayoría de los propietarios que, a su vez, representen la mayoría de las cuotas de participación: para realizar obras o para establecer nuevos servicios comunes que ocasionen hacer más difícil el acceso o movilidad de personas con minusvalía, incluso cuando impliquen la modificación del título constitutivo o de los estatutos.
- Es necesario el voto favorable de un tercio de los integrantes de la comunidad que, a su vez, representen un tercio de las cuotas de participación: para instalar los elementos comunes para el acceso a los servicios de telecomunicación, o adaptar los existentes, así como instalar sistemas de aprovechamiento de la energía solar, o los servicios necesarios para acceder a nuevos suministros energéticos colectivos.
- Es suficiente el voto de la mayoría total de los propietarios que, a su vez, representen la mayoría de las cuotas de participación: para la validez de los demás acuerdos.
En segunda convocatoria serán válidos los acuerdos adoptados por la mayoría de los asistentes, siempre que ésta represente, a su vez, más de la mitad del valor de las cuotas de los presentes.